VOLUNTAD ANTICIPADA, MECANISMO MEDICO PARA CASOS DE ENFERMEDAD TERMINAL

end of life and palliative care
Con el fin de decidir con antelación y por escrito los tratamientos médicos y medicina que se deseen o no recibir en casos de enfermedad terminal, el ISSEMYM, en el Estado de México ofrece de manera gratuita este mecanismo. Cabe subrayar que la eutanasia está prohibida en el Código Penal Federal.
Dejó en claro que el derecho a la Voluntad Anticipada en el Edomex,es un mecanismo que permite decidir si desea o no recibir medicamentos en caso de enfermedad terminal y el instituto
reafirma su compromiso con la dignidad y autonomía de las y los pacientes mediante el derecho a la Voluntad Anticipada, un mecanismo que permite decidir con antelación y por escrito los tratamientos médicos que se desean o no recibir.
El ISSEMYM con sus 50 unidades médicas autorizadasofrece a sus pacientes la posibilidad de suscribir este documento de manera gratuita, asegurando que su decisión sobre cuidados paliativos sea respetada en situaciones críticas derivadas de enfermedades graves o accidentes.
El trámite de Voluntad Anticipada está disponible para cualquier paciente del Issemymque lo requiera.En el caso de menores de edad o personas sin capacidad de decisión, el documento puede ser suscrito por su representante legal.
BENEFICIOS
El trámite de Voluntad Anticipada permite expresar el tipo de tratamiento que se desea recibir en una fase avanzada o terminal de una enfermedad y favorece el acceso a medidas paliativas para disminuir el dolor y sufrimiento, además deevitar la obstinación terapéutica, adecuando los tratamientos a las condiciones del paciente.
Asimismo optimiza los recursos médicos, garantizando una atención eficiente además de ofrecer apoyo emocional tanto a la persona enferma como a sus familiares. La Voluntad Anticipada no busca prolongar o acortar la vida, sino respetar el proceso natural de la muerte, brindando atención médica y apoyo integral a quienes lo necesiten.
EUTANANSIA
Cabe subrayar que en el Estado de México la eutanasia está prohibida por la Ley General de Salud en su artículo 161 Bis 21. Sin embargo, se permite la «voluntad anticipada» para regular la ortotanasia (decisiones sobre tratamientos al final de la vida).
En síntesis en el Estado de México cualquier persona que sufra una enfermedad terminal, puede decidir por escrito qué tratamientos y medicamentos recibir a través del acuerdo denominado Enfermedad Terminal.
La eutanasia es parte del derecho humano a tener una muerte digna y hay diferentes medios para lograrla, sin sufrimiento y de acuerdo con los valores de la persona; mientras que sólo en siete países del mundo es legal, en México se permite la decisión de suspender o rechazar tratamientos que prolongan la vida y los cuidados paliativos, esto es, la Voluntad Anticipada que anunció el Issemym.
EDOMEX
Cbe subrayar que la Ley de Voluntad Anticipada en el Edomex, se puede definir como el derecho a una muerte digna. La medicina moderna ha incrementado la esperanza de vida para todos. Sin embargo, los procedimientos médicos someten al enfermo terminal al uso de aparatos médicos que lo mantienen vivo de manera artificial, prolongando su agonía y sufrimiento; en atención a ello, se creó la Ley de Voluntad Anticipada que permite a enfermos terminales decidir si continuar o no con tratamientos que prolonguen su vida.
La voluntad anticipada puede ser entendida como “la decisión que toma una persona de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y, por razones médicas, sea imposible mantenerla de forma natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona”.
Es importante entender que la voluntad anticipada no prolonga ni acorta la vida, respeta el momento natural de la muerte y favorece la atención y los cuidados paliativos al final de la vida, es decir, ofrecer acompañamiento al paciente sin intervención médica durante esta última etapa.
La Ciudad de México fue la primera entidad de la nación en aprobar la Ley de Voluntad Anticipada en enero de 2008. Esta iniciativa ha sido aprobada en 14 estados de la República, en los cuales, más de 10 mil personas han firmado el documento desde la fecha en que se estableció.
Las entidades que cuentan con esta regulación son: Ciudad de México, Coahuila, Aguascalientes, San Luis Potosí, Michoacán, Hidalgo, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Estado de México, Colima, Oaxaca, Yucatán y Tlaxcala. En el resto del país no es legal.