COMO IDENTIFICAR DELITOS ELECTORALES Y DENUNCIARLOS

La violencia política contra las mujeres en razón de género; la compra de votos; el condicionamiento de programas sociales; la retención de credenciales para votar; el ejercicio del sufragio más de una vez en una misma elección y actos de proselitismo el día de la jornada electoral son algunos de estos delitos electorales que serán sancionados por la autoridad electoral.
Otras conductas que constituyen un delito electoral, por parte del funcionariao de mesas directivas de casilla son: instalar, abrir o cerrar una casilla fuera de los tiempos establecidos por la ley o ubicarla en un lugar distinto al asignado; permitir que una persona emita su voto sin cumplir con los requisitos necesarios o difundir información falsa, entre otros.
En el marco del Proceso Electoral para la Elección de Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2024, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) hace un llamado a la ciudadanía para que se informe, denuncie y contribuya a la prevención de los delitos electorales.
Estos actos ilícitos vulneran los principios constitucionales del voto, mismos que deben ser: universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible; además implican acciones u omisiones que afectan o amenazan el correcto desarrollo de la función electoral y vulneran los derechos político-electorales de la ciudadanía.
El electorado, las personas servidoras públicas, el funcionariado electoral y partidista, así como las y los candidatos pueden cometer algún delito electoral y, por lo tanto, ser susceptibles de recibir alguna sanción establecida en La Ley General en Materia de Delitos Electorales.
Como ya se informó entre los posibles delitos que pueden cometerse se encuentran: la violencia política contra las mujeres en razón de género; la compra de votos; el condicionamiento de programas sociales; la retención de credenciales para votar; el ejercicio del sufragio más de una vez en una misma elección y actos de proselitismo el día de la jornada electoral.
Otras conductas que constituyen un delito electoral, por parte del funcionariado de mesas directivas de casilla son: instalar, abrir o cerrar una casilla fuera de los tiempos establecidos por la ley o ubicarla en un lugar distinto al asignado; permitir que una persona emita su voto sin cumplir con los requisitos necesarios o difundir información falsa, entre otros.
En caso de que alguna persona sea testigo o tenga conocimiento de una situación que pudiera considerarse un delito electoral, se invita a presentar una denuncia ante la Fiscalía especializada en materia de Delitos Electorales (FISEL) de la Fiscalía General de la República (FGR); o bien, ante la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEMDE) de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM).

CONVENIOS
La Consejera Presidenta del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), Amalia Pulido Gómez, aseguró que la aprobación de los Convenios de Coalición parcial para postular candidaturas bajo esta modalidad en la Elección de Diputaciones Locales y Ayuntamientos 2024, proporciona objetividad, legalidad y certeza a la ciudadanía, misma que conocerá la forma de participación de sus candidatas y candidatos de una manera clara y precisa.
Las coaliciones registradas durante la Sexta Sesión Especial del Consejo General del IEEM fueron dos. Una de ellas denominada, “Fuerza y Corazón por Edomex”, está integrada por los partidos políticos: Acción Nacional (PAN); Revolucionario Institucional (PRI); de la Revolución Democrática (PRD) y Nueva Alianza Estado de México (NAEM). Postulará candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa en 31 distritos electorales, así como integrantes de ayuntamientos en 51 municipios de la entidad mexiquense.
La otra es la Coalición “Sigamos Haciendo Historia en el Estado de México”, conformada por los partidos Morena, del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM), quienes postularán candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa en 35 distritos electorales, y a integrantes de ayuntamientos en 80 municipios del Estado de México.
Pulido Gómez aseveró que ambos documentos fueron revisados por la Dirección de Partidos Políticos del IEEM, misma que determinó que cumplen con los requisitos que establece la ley electoral en dicho rubro.
Durante la Octava Sesión Extraordinaria, el Consejo General también aprobó el Proyecto de Acuerdo por el que se crea la Comisión Especial Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos.
En la Quinta Sesión Especial se avaló el Acuerdo por el que se da cumplimiento a la sentencia recaída al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano Local JDCL/6/2024.