GOBERNANTES NO PUEDEN UTILIZAR POLICIAS COMO ESCOLTAS: INFOEM

La seguridad pública no es para satisfacer las necesidades particulares de las autoridades y, quienes requieran elementos para asuntos especiales o escoltas deberán contratarlas y pagar de su bolsillo ese servicio, declaró el presidente del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios (Infoem) José Martínez Vilchis.
El Comisionado Presidente del Infoem señaló, durante la 27ª Sesión ordinaria del Pleno de este organismo autónomo, que la seguridad pública es un derecho de las y los gobernados y no para satisfacer necesidades particulares de las autoridades.
Por ello dijo no compartir que personas servidoras públicas del ámbito municipal de gobierno dispongan de elementos de seguridad con funciones de escoltas para su propio resguardo, consideró José Martínez Vilchis, durante la 27ª Sesión ordinaria del Pleno de este organismo autónomo.
El Comisionado Presidente emitió esta opinión particular al proyecto de resolución del recurso de revisión 14612, en el cual un particular solicitó al ayuntamiento de Melchor Ocampo, conocer el número de elementos que resguardan el inmueble de la Presidencia Municipal; ante lo cual, el Pleno del Infoem ordenó la entrega de dicha información, únicamente de manera estadística, sin revelar datos personales de los elementos de seguridad.
A este respecto, Martínez Vilchis consideró este tema de interés público, toda vez que las y los presidentes municipales son la figura de poder más cercana a la población, por lo que deben reflexionar que en la mayoría de las ocasiones el número de elementos de seguridad es escueto en el ámbito municipal de gobierno y muy necesario para la ciudadanía, por lo que “si las y los servidores públicos desean tener escoltas o guardias personales deben optar por contratar servicios particulares de seguridad” y detalló que la fracción VI, del artículo 51, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México establece que no está permitido utilizar a los empleados o policías municipales para asuntos particulares.
En su participación, la Comisionada María del Rosario Mejía Ayala emitió un voto particular por la clasificación del cargo de los elementos operativos de seguridad pública, tras considerar que no se configura razón alguna por la cual la entrega de tal información pueda hacerles identificables o ponga en riesgo su vida o integridad.
La Comisionada Sharon Morales Martínez emitió su voto considerando que no se debe ordenar la entrega del número de elementos seguridad pública con funciones de escolta, ni el número de elementos comisionados al resguardo de las instalaciones del ayuntamiento; ello con el fin de no proporcionar datos que pudieran revelar el estado de fuerza y la capacidad de reacción, lo cual puede poner en riesgo la seguridad pública y la seguridad de los municipios tendientes a preservar y resguardar la vida e integridad física de la ciudadanía mexiquense.
En materia de no dar a conocer esta información para no develar la capacidad de reacción o protección, sabiendo qué cantidad de elementos se hacen cargo de resguardar las sedes municipales, pero, incluso, señalaron que la policía municipal no debe estar comisionada en resguardar las instalaciones, sino que, también se debe contratar servicios particulares de seguridad, para el resguardo de edificios o escoltas.